Cómo crear una empresa en España: guía práctica paso a paso
Montar un negocio en España es más rápido y barato de lo que muchos creen. Con la Ley Crea y Crece puedes constituir una sociedad limitada desde 1 euro, y los autónomos disfrutan de una tarifa plana que reduce mucho el coste de los primeros meses. En esta guía verás qué forma jurídica elegir, ante qué organismos darte de alta y cómo hacerlo, en muchos casos, en un solo trámite online.

En España puedes crear una empresa de forma rápida y económica. Como autónomo te das de alta y empiezas a facturar de inmediato; como sociedad limitada (SL) separas tu patrimonio personal del negocio y, gracias a la Ley Crea y Crece, la constituyes desde 1 euro de capital.
Los trámites se centralizan ante la Agencia Tributaria (AEAT), la Seguridad Social (RETA) y, si es una SL, el Registro Mercantil. El Documento Único Electrónico (DUE), a través del portal CIRCE y los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE), permite hacer casi todo en un único trámite telemático con certificado digital.
Los nuevos autónomos pagan la tarifa plana (unos 80 a 87 euros al mes durante el primer año) y pueden aplicar una retención de IRPF reducida del 7 %. Conviene planificar desde el día uno el IVA trimestral y separar las finanzas personales de las del negocio.
¿Qué forma jurídica elegir: autónomo o sociedad limitada?
Elige autónomo si empiezas en solitario, con inversión baja y quieres trámites sencillos. Elige sociedad limitada (SL) si buscas separar tu patrimonio personal del negocio, prevés facturación alta o vas a tener socios. Gracias a la Ley Crea y Crece, la SL puede constituirse desde 1 euro de capital.
El régimen de autónomo (o trabajador por cuenta propia) es la vía más ágil: te das de alta y ya puedes facturar. Su gran desventaja es que respondes de las deudas con todo tu patrimonio personal. La SL, en cambio, limita tu responsabilidad al capital aportado, transmite más confianza a bancos y clientes grandes, y facilita la entrada de inversores.
Ten en cuenta un detalle de la SL constituida con capital reducido: mientras el capital sea inferior a 3.000 euros, deberás destinar al menos el 20 % del beneficio a reserva legal hasta alcanzar esa cifra, y en caso de liquidación los socios responden de la diferencia. Es una salvaguarda, no una trampa, pero conviene conocerla.
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¿Ante qué organismos hay que darse de alta?
Los tres pilares son la Agencia Tributaria (AEAT) para las obligaciones fiscales, la Seguridad Social (RETA) para tu cotización como autónomo, y el Registro Mercantil si constituyes una sociedad. Muchos de estos pasos se centralizan a través del portal CIRCE y los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE).
La Agencia Tributaria (AEAT) gestiona tu alta censal (modelos 036/037), el IVA y el IRPF o el Impuesto de Sociedades. La Seguridad Social te inscribe en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), obligatorio para quien trabaja por cuenta propia y también para los administradores de sociedades. El Registro Mercantil solo interviene cuando creas una persona jurídica como la SL: allí se inscribe la escritura de constitución.
La buena noticia es que no tienes que ir organismo por organismo. El sistema CIRCE, junto con los PAE, permite tramitar el alta de forma telemática y coordinada, ahorrando desplazamientos y tiempo.
¿Cómo se tramita todo en un solo paso con el DUE?
El Documento Único Electrónico (DUE) permite realizar los trámites de alta desde un PAE o el portal CIRCE de forma unificada: con un mismo formulario se comunican los datos a la AEAT, la Seguridad Social y, en el caso de la SL, al Registro Mercantil. Es la vía más rápida para empezar a operar.
Con el DUE, un emprendedor puede constituir una SL o darse de alta como autónomo sin duplicar información en distintas ventanillas. El sistema envía cada dato al organismo correspondiente y, en el mejor de los casos, la sociedad puede quedar constituida en pocos días hábiles. Si prefieres asesoramiento, un gestor o un PAE físico te acompaña en el proceso.
Pasos prácticos para crear tu empresa
- Decide la forma jurídica. Autónomo para empezar ligero; SL para limitar responsabilidad o crecer con socios.
- Consigue tu certificado digital. Es imprescindible para casi todos los trámites telemáticos.
- Reserva la denominación social. Solo para la SL: solicita el certificado de denominación en el Registro Mercantil Central.
- Abre la cuenta y aporta el capital. Deposita el capital social (desde 1 euro con la Ley Crea y Crece) e ingrésalo en el banco.
- Firma la escritura ante notario. Necesario para la SL; después se inscribe en el Registro Mercantil.
- Date de alta en Hacienda. Presenta el modelo 036/037 y elige tus epígrafes de actividad (IAE).
- Inscríbete en el RETA. Alta en la Seguridad Social como autónomo o administrador.
- Solicita la tarifa plana. Pide la cuota reducida de autónomo desde el primer mes.
¿Cuánto cuesta ser autónomo con la tarifa plana?
Con la tarifa plana, los nuevos autónomos pagan una cuota reducida de aproximadamente 80-87 euros al mes durante los primeros 12 meses, en lugar de la cuota general. Es uno de los grandes incentivos para empezar, y puede prorrogarse un año más si tus ingresos se mantienen por debajo del salario mínimo.
Además de la cuota reducida, existe otro alivio fiscal muy útil: durante los primeros años de actividad puedes aplicar una retención de IRPF reducida del 7 % en tus facturas (frente al 15 % general), lo que mejora tu liquidez al inicio. Consulta siempre las condiciones vigentes, porque los porcentajes y requisitos pueden actualizarse.
¿Cuándo hay que declarar el IVA?
En España no existe un umbral general que te exima del IVA: si realizas una actividad sujeta, en la mayoría de los casos debes repercutir el IVA y presentar la declaración trimestral (modelo 303) desde la primera factura. Algunas actividades, como ciertos servicios sanitarios, educativos o formativos, están exentas.
Por eso conviene identificar bien tu epígrafe de actividad al darte de alta: determina si facturas con IVA, qué tipo aplicas (21 %, 10 % o 4 %) y qué modelos debes presentar. Un buen asesor fiscal evita errores costosos en los primeros trimestres.

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Crea tu web con IA¿Qué errores conviene evitar al empezar?
Los tropiezos más comunes son elegir la forma jurídica por inercia, olvidar el alta en el RETA, no aprovechar la tarifa plana y descuidar las obligaciones trimestrales de IVA e IRPF. Planificar estos puntos desde el día uno te ahorra sanciones y sustos.
Otro error frecuente es no separar las finanzas personales de las del negocio, aunque seas autónomo. Abrir una cuenta específica y llevar un registro ordenado de ingresos y gastos te facilitará las declaraciones y te dará una imagen clara de la rentabilidad real de tu proyecto.
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Crea tu web gratisPreguntas frecuentes
¿Es verdad que puedo crear una SL con solo 1 euro?
Sí. Desde la entrada en vigor de la Ley Crea y Crece, puedes constituir una sociedad limitada con un capital social mínimo de 1 euro. Como contrapartida, mientras el capital sea inferior a 3.000 euros debes destinar al menos el 20 % del beneficio anual a la reserva legal hasta alcanzar esa cifra, y los socios responden de la diferencia en caso de liquidación.
¿Qué es la tarifa plana de autónomos y cuánto dura?
Es una cuota reducida de la Seguridad Social para nuevos autónomos, de aproximadamente 80 a 87 euros al mes durante los primeros 12 meses, en lugar de la cuota general. Puede prorrogarse un segundo año si tus ingresos netos se mantienen por debajo del salario mínimo interprofesional. Debes solicitarla al darte de alta en el RETA.
¿Puedo hacer todos los trámites por internet?
Sí. A través del portal CIRCE y los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) puedes usar el Documento Único Electrónico (DUE), que centraliza en un solo formulario el alta ante la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y, si constituyes una SL, el Registro Mercantil. Necesitarás un certificado digital para operar de forma telemática.
¿Autónomo o sociedad limitada: qué me conviene más?
Depende de tu situación. El autónomo es ideal para empezar en solitario, con inversión baja y trámites sencillos, aunque respondes de las deudas con tu patrimonio personal. La SL limita tu responsabilidad al capital aportado, transmite más confianza a bancos y grandes clientes, y facilita la entrada de socios o inversores.
¿Qué impuestos paga cada forma jurídica?
El autónomo tributa por el IRPF sobre sus rendimientos y, salvo actividades exentas, repercute el IVA en sus facturas. La sociedad limitada tributa por el Impuesto de Sociedades sobre sus beneficios. En ambos casos, si realizas una actividad sujeta, debes presentar la declaración trimestral de IVA (modelo 303).